BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
Ayer, día 22 de noviembre de 2023, se aprobó por las Cortes Valencianas el Proyecto de Ley por la que se establecerá una bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana, con efectos retroactivos desde el 28 de mayo de 2023.
¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO DE LEY?
- Por un lado, se regula las reducciones para el cálculo de la base liquidable del Impuesto en las transmisiones inter vivos (donaciones).
- Por otro lado, se establece la bonificación de la cuota tributaria del Impuesto.
BONIFICACIÓN DE LAS TRANSMISIONES HEREDITARIAS
Gozarán de una bonificación del 99% las transmisiones mortis causa (por herencia) por alguno de los siguientes parientes del fallecido:
- Descendientes: hijos o nietos
- Ascendientes: padres o abuelos
- Cónyuge
BONIFICACIÓN DE LAS TRANSMISIONES POR DONACIÓN
Gozarán de una bonificación del 99% las transmisiones inter vivos (por donación) por lguno de los siguientes parientes del donante:
- Descendientes: hijos o nietos
- Ascendientes: padres o abuelos
- Cónyuge
Condición para que pueda aplicarse la bonificación: que se haga en documento público (escritura ante Notario).
BONIFICACIÓN DE LAS TRANSMISIONES REALIZADAS POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Gozarán de una bonificación del 99% las transmisiones inter vivos (por donación) o mortis causa (por herencia) realizadas por personas con discapacidad:
- Física o sensorial igual o superior al 65%
- Psíquica igual o superior al 33%
Con independencia del parentesco con el donante o el fallecido.
EFECTOS RETROACTIVOS
Como ya se ha avanzado, las modificaciones antedichas, tendrán efectos retroactivos desde el 28 de mayo de 2023. Es decir, cualquier hecho imponible (herencia o donación) que se haya producido con posterioridad al día 28 de mayo de 2023, podrá beneficiarse de la bonificación del 99%.
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