COMPRAVENTAS
La compraventa es un contrato por el cual, una parte (el vendedor) se obliga a entregar una cosa determinada a la otra parte (el comprador), quien se obliga a pagar una contraprestación económica por lo que va a recibir.
Entre las compraventas más comunes, se encuentra:
COMPRAVENTA DE UN BIEN INMUEBLE
En la compraventa de un bien inmueble, sea urbano o rústico, es habitual que se suscriba una documento o contrato de arras.
Aparte de los acuerdos privados (contrato de arras o documentos que contengan los acuerdos alcanzados en la venta), debes saber que para iniciar los trámites de una compraventa, necesitarás recopilar documentación, entre la que se encuentra, la siguiente:
- D.N.I. de comprador y vendedor.
- Título de propiedad: la escritura por la que tú eres propietario (compraventa anterior, herencia, donación…).
- Recibo del último pago del IBI.
- Certificado de eficiencia energética.
- Certificado de eficiencia energética.
Los gastos principales que lleva aparejada una compraventa se reparten de la siguiente forma:
- La Notaría puede pactarse que se abone por una sola de las partes o bien puede establecerse que se abonen “conforme a Ley”.
- Los gastos según Ley, supone que el vendedor pagará la gran parte y el comprador una parte menor. Viene a ser un 75%-25%.
- El Registro corre a cargo del comprador.
- El impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) debe abonarlo el comprador. En la Comunitat Valenciana, por regla general, se tributa al 10% del valor del inmueble.
Dato interesante: En la Comunitat Valenciana, por regla general, se tributa al 10% del valor del inmueble.
COMPRAVENTA DE UN VEHÍCULO (BIEN MUEBLE)
En la compraventa de vehículos entre particulares, igualmente, se precisa cierta documentación:
- En primer lugar, es indispensable redactar y firmar un contrato de compraventa del vehículo que, como mínimo, deberá identificar la fecha en que se firma el contrato, los datos del vendedor y del comprador, junto a sus D.N.I., los datos del vehículo que se va a transmitir (marca, modelo y matrícula) y el precio de la venta.
- En primer lugar, es indispensable redactar y firmar un contrato de compraventa del vehículo que, como mínimo, deberá identificar la fecha en que se firma el contrato, los datos del vendedor y del comprador, junto a sus D.N.I., los datos del vehículo que se va a transmitir (marca, modelo y matrícula) y el precio de la venta.
Debes saber que por la compraventa de vehículos de segunda mano, entre particulares, se devengan el Impuesto de Transmisión de Vehículos Usados (mod. 620).
También se debe comunicar la transmisión a la Dirección General de Tráfico (DGT), para lo que hay que abonar una tasa.